Zobacz poprzedni temat :: Zobacz następny temat |
Autor |
Wiadomość |
gurubest
Mistrz
Dołączył: 05 Mar 2015
Posty: 44172
Przeczytał: 0 tematów
|
Wysłany: Wto 17:17, 16 Cze 2015 Temat postu: prestamos personales jubilados por anses |
|
ministerio de desarrollo social microcrĂŠditos
Cada mes podras recargar un maximo de 120 al mes. Se debe tener en cuenta que la deduccion por inversion en la vivienda habitual se suprimio a partir del 1 de enero de 2013, por lo que el prestamo solicitado para esta finalidad, solo desgravara si la compra de la vivienda habitual se efectuo con anterioridad a esta fecha. Los Creditos personales banco Nacion, presentan a los Prestamos Nacion Destino Libre, otorgando dinero con la financiacion mas amigable del mercado prestario. Los recargos se causaran hasta en tanto no se extingan las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones aprovechamientos omitidos y sus accesorios y se calcularan sobre el total de la contribucion omitida aprovechamiento, segun corresponda, excluyendo los propios recargos, los gastos de ejecucion y las multas por infraccion a las disposiciones fiscales.
[link widoczny dla zalogowanych]
A la hora de pagar, los prestamos personales son una solucion rapida y facil ante una falta de dinero inesperada, temporal y transitoria. Debe senalarse que, deacuerdo con la Corte Suprema de Justicia, el campo de aplicacion del Decreto ha quedado significativamente restringido, aunque no corresponda a este curso de Derecho Civil entrar en pormenores al respecto; pero debe apuntarse que no se aplica a los intereses que paguen cobran segun los casos las instituciones financieras.
[link widoczny dla zalogowanych]
De todas formas nosotros siempre aconsejamos ser asistidos y asesorados por un abogado. Por otra parte, resulta conveniente recordar que los creditos concursales se clasifican en privilegiados especiales (la mayor parte de ellos, con alguna excepcion, son garantias reales), privilegiados generales, ordinarios y subordinados y, como senala el propio articulo 89 LC, no hay mas privilegios que los que reconoce expresamente la Ley.
[link widoczny dla zalogowanych]
|
|
Powrót do góry |
|
|
|
|
Nie możesz pisać nowych tematów Nie możesz odpowiadać w tematach Nie możesz zmieniać swoich postów Nie możesz usuwać swoich postów Nie możesz głosować w ankietach
|
|